CDMX.- 27 de noviembre de 2017
El proyecto propone declarar la constitucionalidad del decreto que en el estado de Coahuila prohíbe las corridas de toros, novillos o becerros así como las tientas y los rejoneos
La prohibición a las corridas de toros será analizada este miércoles por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) durante la discusión y votación de una propuesta de sentencia realizada por el ministro Fernando Franco.
El proyecto, que analiza diversos aspectos relacionados con la “Fiesta Brava” a nivel internacional, propone declarar la constitucionalidad del decreto que en el estado de Coahuila prohíbe las corridas de toros, novillos o becerros así como las tientas y los rejoneos.
Bastarían tres votos, de los cinco ministros que integran la Segunda Sala de la SCJN, para que se abra la puerta a que otros Congresos estatales erradiquen la tauromaquia sin impedimentos legales que puedan tumbar las prohibiciones a futuro.
En su propuesta, Franco destaca que permitir las corridas de toros en las que se destina al animal al sufrimiento y a la muerte como parte de un espectáculo, ocurriría en detrimento del interés general de la sociedad de que se proteja el derecho humano a un medio ambiente sano, relacionado con la preservación y conservación de las especies.
Incluso reconoce que no existe un conceso a nivel internacional en el que se haya resuelto la controversia respecto de la permisión o prohibición de las corridas de toros y que aún se encuentra a discusión en diversos países si es constitucionalmente válido prohibir o no las corridas de toros, en atención a los derechos que se encuentran en juego.
“(Sin embargo) de acuerdo a nuestro propio sistema jurídico vigente y contexto social, es que esta Segunda Sala de la SCJN estima que es válida la prohibición de las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y los rejoneos, el entrenamiento de animales para su utilización en este tipo de espectáculos, así como las tientas”, señala la propuesta.
Para Fernando Franco González Salas tampoco es suficiente el argumento de que con la eliminación de la “Fiesta Brava” se provoque la extinción de los toros de lidia pues se trata de una postura hipotética.
Es oportuno resaltar que el nuevo lugar que ocupan los animales en el derecho se originó como consecuencia de la evolución social, la cual parte de la idea fundamental de que no es posible ser inmune ante actos de violencia cometidos en contra de cualquier ser vivo.
Ya que incluso ello puede repercutir en perjuicio de nuestras propias relaciones sociales, de ahí que las medidas dirigidas a proteger y tratar dignamente a los animales tengan como finalidad esencial educar a nuestra sociedad sobre el respeto que debe tenerse para cualquier tipo de vida”, sostiene.
ANTECEDENTES
El 25 de agosto de 2015, el gobierno de Coahuila promulgó la iniciativa de decreto que reforma la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales, con lo que se convirtió en la tercera entidad federativa en prohibir las corridas de toros.