SCJN Despenaliza el Aborto en Tlaxcala y elimina obstáculos legales

SCJN Despenaliza el Aborto en Tlaxcala y elimina obstáculos legales

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SCJN Despenaliza el Aborto en Tlaxcala y elimina obstáculos legales

Tlaxcala, 3 de diciembre de 2025.

En una resolución histórica que redefine el marco legal de los derechos reproductivos en la entidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto en Tlaxcala al declarar inconstitucionales diversas normas que lo criminalizaban y restringían. El fallo, emitido el martes 2 de diciembre, convierte a Tlaxcala en uno de los estados que garantiza el derecho a decidir por mandato judicial.

El Pleno de la SCJN abordó la Acción de Inconstitucionalidad 89/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, y determinó la invalidez de diversas disposiciones contenidas tanto en el Código Penal como en la Ley de Salud del estado.

La Corte invalidó los artículos del Código Penal de Tlaxcala que criminalizaban de forma absoluta la interrupción del embarazo, reconociendo el derecho a decidir y a la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes como parte esencial de la dignidad humana.

Un punto crucial de la sentencia es la invalidación de la norma que obligaba a las víctimas de violencia sexual a contar con una autorización previa del Ministerio Público para acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) en instituciones públicas de salud.

La SCJN concluyó que este requisito imponía una barrera indebida y vulneraba el derecho a la salud, autonomía y libertad de las víctimas, pues desconoce la urgencia de la atención y la dificultad que enfrentan para interponer una denuncia formal.

El Máximo Tribunal declaró inválida una porción del artículo 44 Bis-A de la Ley de Salud local. Se eliminó la limitación que permitía invocar la objeción de conciencia del personal médico solo si la interrupción del embarazo no era urgente o no ponía en riesgo la vida de la mujer.

La Corte enfatizó que la objeción de conciencia no debe ser un obstáculo para garantizar el servicio de ILE, reforzando la obligación de las instituciones de salud de proveer la atención sin excusas, especialmente en casos de urgencia o riesgo.

Con este fallo, el Estado de Tlaxcala está obligado a adecuar su legislación y su práctica médica para garantizar el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo sin criminalización y sin los obstáculos burocráticos que fueron declarados inconstitucionales.

Organizaciones de la sociedad civil y colectivas feministas han celebrado la decisión, considerándola un paso fundamental para la protección de la salud y la autonomía de las mujeres en la entidad, y un nuevo precedente que fortalece la línea de la SCJN en la despenalización del aborto a nivel nacional.