Efectúa ITE sorteo para definir orden de distribución de promocionales de radio...

Efectúa ITE sorteo para definir orden de distribución de promocionales de radio y televisión a partidos

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24/10/2017/TLAXCALA

En presencia de representantes de institutos políticos acreditados y registrados ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), la presidenta del Consejo General, Elizabeth Piedras Martínez, encabezó este día el sorteo para definir el orden sucesivo en que serán distribuidos los promocionales de radio y televisión a los partidos políticos en la pauta del Proceso Electoral Local Ordinario 2018.

En la sala de sesiones del órgano electoral, y en estricto apego al Artículo 17 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, la presidenta extrajo una a una las papeletas con los emblemas de los institutos políticos, más una correspondiente a las candidatas o candidatos independientes, que tendrán promocionales sólo para la etapa de campañas.

De acuerdo con el sorteo, que también fue presenciado por el Consejero Raymundo Amador García, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del órgano electoral, el orden que los partidos aparecerán en el pautado es el siguiente: Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Socialista (PS), Partido Alianza Ciudadana (PAC), Morena, Partido de la Revolución Democrática (PRD), Partido del Trabajo (PT), Partido Nueva Alianza (Panal), Partido Encuentro Social (PES), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido Movimiento Ciudadano (MC) y Candidatos Independientes.

El resultado de este sorteo será notificado al Instituto Nacional Electoral (INE), cuyo Comité de Radio y Televisión aprobará el pautado que proponga el ITE para la distribución correspondiente.

De acuerdo con el Artículo 24 del Reglamento de Radio y Televisión, numeral uno, la distribución de promocionales se efectúa con base en el porcentaje de votación obtenida por cada partido político en la última elección de diputados locales de mayoría relativa, descontando los votos nulos y los emitidos a favor de candidatos no registrados.

La misma norma establece que en caso de haber contendido en coaliciones, el porcentaje obtenido por cada partido político coaligado se deberá descontar también el porcentaje de los partidos que no hayan obtenido el mínimo para conservar su registro o para tener derecho a prerrogativas.

Los partidos políticos que no alcanzan el tres por ciento de la votación en la última elección de diputados sólo participan del 30 por ciento del tiempo que se distribuye de manera igualitaria.

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