CDMX/ 25/06/2019
El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió la suspensión a favor del colectivo #NoMásDerroches, con el fin de no construir el Aeropuerto de Santa Lucía hasta que cuente con los dictámenes y permisos ambientales correspondiente.
La medida cautelar también ordena que se mantengan las obras del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) de Texcoco, sin que sean destruidas, pero, además, que se lleven a cabo las acciones conducentes para conservarlas.
A diferencia de las suspensiones otorgadas en otros procedimientos, el Tribunal ordena a las autoridades, no solamente no destruir los avances del NAIM, sino realizar acciones para conservar lo ya construido, pues si no se les da el mantenimiento adecuado podrían llegar a dañarse las obras, estructuras y cimientos existentes.
Por otro lado, el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México concedió una suspensión definitiva que ordena que se no se ejecute el proyecto de Aeropuerto Internacional de Santa Lucía hasta que sea factible verificar que la obra cuenta con los dictámenes y permisos ambientales, de seguridad, viabilidad aeronáutica, etc.
Además, reconoce que el NAIM tiene un avance y un importante valor económico y que, de destruirse, necesariamente implicaría la pérdida de recursos públicos sin que su cancelación esté, al día de hoy, sustentada y justificada, por lo que ordena a las autoridades abstenerse de demoler o inundar las obras ya realizadas.
Con estas dos nuevas suspensiones, el colectivo #NoMásDerroches ha obtenido ya nueve resoluciones judiciales favorables en este asunto.
Cuatro de ellas, ya son suspensiones definitivas y abarcan los siguientes temas: i) que no se construya el AISL hasta que se cuente con los dictámenes, estudios y permisos en materia ambiental, de prospección arqueológica, de seguridad, de viabilidad aeronáutica, social, política e interinstitucional, y ii) que se mantengan las obras del NAIM en el estado en que se encuentran hasta que se resuelva en definitiva el juicio de amparo.
Respecto a las suspensiones provisionales, continúan vigentes tres de ellas, incluyendo la que se da a conocer hoy que obliga a las autoridades a realizar labores de conservación del NAIM.
Estas resoluciones fueron obtenidas con motivo de los 147 juicios de amparo que el colectivo presentó, con el fin de que el Poder Judicial de la Federación revise la legalidad y constitucionalidad tanto de la cancelación del NAIM como del proyecto del AISL.