CDMX/15 /08/2019
El presidente Andrés Manuel López Obrador propuso al Congreso de la Unión una reforma constitucional para que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de todas las entidades del país, así como los órganos autónomos federales y estatales se ajusten a la austeridad republicana y se disminuya sus salarios, para que nadie gane más que él.
Propone modificar el artículo 116 constitucional para establecer que “corresponde a las legislaturas de los estados la aprobación anual del Presupuesto de Egresos correspondientes. Las remuneraciones de los servidores públicos deberán sujetarse a las bases previstas en el artículo 127 constitucional”.
Agrega los conceptos “las personas de derecho público, órganos” a la ya existente disposición constitucional que se refiere a los organismos con autonomía, para todos los servidores públicos estatales adscritos al Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las personas de derecho público, órganos y organismos con autonomía reconocida en las constituciones y leyes locales.
Propone además añadir al 127 constitucional los mismos conceptos, para que se disponga que “los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones, personas de derecho público, órganos y organismos a los que la presente Constitución o las leyes les otorguen autonomía y cualquier ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”.
En la exposición de motivos, el Presidente detalla que la finalidad de su propuesta es que “los límites nominales a la remuneración que percibe el titular del Poder federal sea respetada por todos los servidores públicos, incluidos aquellos que forman parte de los organismos constitucionalmente autónomos, en concordancia con lo dispuesto por el diverso 108 constitucional”.