Amplían suspensión de labores en el TSJE hasta el 17 de enero

Amplían suspensión de labores en el TSJE hasta el 17 de enero

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TLAXCALA/ 8 /01/2021

-A partir del 18 se reincorporará todo el personal, pero trabajarán a puerta cerrada; la atención al público será hasta el uno de febrero; continuarán guardias para casos urgentes

Debido al incremento en el número de contagios que ha registrado Tlaxcala de casos de SARS-CoV-2, los integrantes del pleno del Consejo de la Judicatura del Estado (CJE) determinaron ampliar la suspensión de hasta el próximo 17 de enero, por lo que será a partir del 18 del mismo mes cuando el personal administrativo y jurisdiccionales regrese a laborar, aunque será a puerta cerrada, pues el servicio al público en general se abrirá hasta el uno de febrero.

Así lo informó el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJE) y del Consejo de la Judicatura del Estado (CJE), Fernando Bernal Salazar, quien precisó que el objetivo de esta decisión es evitar la propagación de los contagios, sobre todo por la temporada invernal y para romper las cadenas de contagio que se haya suscitado por las fiestas decembrinas y Reyes.

La medida aplica para todos los órganos jurisdiccionales, de investigación y substanciación de expedientes de presunta responsabilidad administrativas, así como el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado y sus centros regionales.

En las materias Penal y de Ejecución de Sanciones, Civil, Familiar y Mercantil, para la primera y segunda instancias, así como de investigación y substanciación de expedientes de presunta responsabilidad administrativa, en relación con el acuerdo II/68/2020, se prórroga la suspensión de todos los plazos y términos en el periodo referido, debiendo reanudarse el cómputo de los mismos al día siguiente hábil a que concluya esta suspensión en el punto en que fueron pausados, toda vez que son suspendidos, no interrumpidos.

Los consejeros determinaron el establecimiento de las guardias correspondientes en el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, así como en el Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes, para la atención de asuntos urgentes, conforme a lo previsto en el artículo 593 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Tlaxcala.

De igual forma, atendiendo a lo previsto en el artículo 94 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en los Juzgados de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer y de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Justicia para Adolescentes del Estado de Tlaxcala, debiendo establecerse en cada juzgado la guardia respectiva a cargo de uno de los jueces de esa adscripción.

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